¿Qué hacer si la aseguradora rechaza mi reclamación por accidente de tráfico?

Aseguradora rechaza reclamación por accidente de tráfico

Recibir una respuesta de la aseguradora rechazando una reclamación por accidente de tráfico no significa necesariamente que hayas perdido el derecho a ser indemnizado. La compañía puede discutir la responsabilidad en el accidente, la relación entre las lesiones y el siniestro, la documentación aportada o la cuantía reclamada.

Antes de aceptar la negativa, conviene comprobar si la aseguradora ha explicado de forma concreta los motivos del rechazo y qué pruebas utiliza para sostener su decisión. Una respuesta genérica o insuficientemente justificada puede ser impugnada aportando documentación adicional, informes médicos, pruebas sobre la dinámica del accidente o una valoración pericial independiente.

En este artículo explico qué debe contener la respuesta de la aseguradora, cuáles son los motivos de rechazo más habituales y qué opciones existen para continuar reclamando la indemnización.

Si necesitas valorar la negativa de la compañía, puedes consultar mi servicio de abogado de accidentes de tráfico en Sevilla.

Respuesta breve: si la aseguradora rechaza tu reclamación, revisa primero la respuesta motivada y la causa concreta de la negativa. Puedes aportar nuevas pruebas, solicitar informes periciales complementarios, intentar una solución extrajudicial o presentar una demanda cuando proceda. No firmes una renuncia ni des por cerrado el expediente sin comprobar los plazos y la documentación disponible.

¿Qué significa que la aseguradora rechace la reclamación?

El rechazo significa que la aseguradora no reconoce, total o parcialmente, la indemnización reclamada. Puede negar la responsabilidad de su asegurado, discutir que las lesiones procedan del accidente, considerar insuficiente la documentación o sostener que todavía no puede cuantificarse completamente el daño.

La compañía debe comunicar su decisión mediante una respuesta motivada. No basta con indicar que el expediente queda rechazado: debe explicar la causa concreta, contestar a la reclamación e identificar los documentos e informes en los que basa su posición.

Cuando se discutan daños personales, la respuesta debe incorporar el informe médico pericial definitivo utilizado por la entidad. Si el lesionado continúa en tratamiento y todavía no pueden valorarse todas las secuelas, la aseguradora debe explicarlo y mantener informado al perjudicado sobre la evolución del expediente.

Recibir una respuesta negativa no extingue el derecho a reclamar. Lo primero es determinar qué rechaza exactamente la compañía y comprobar si su explicación está suficientemente justificada.

¿Qué debe contener la respuesta motivada de la aseguradora?

La aseguradora no puede rechazar la reclamación mediante una comunicación genérica. La respuesta motivada debe permitir al perjudicado conocer con claridad por qué no se formula una oferta de indemnización y qué elementos sustentan esa decisión.

En primer lugar, debe contestar suficientemente a la reclamación e identificar la causa concreta del rechazo. La compañía debe indicar si no considera determinada la responsabilidad, si todavía no puede cuantificar el daño o si existe cualquier otra circunstancia que impide indemnizar, explicándola expresamente.

Además, debe incorporar de forma desglosada y detallada los documentos, informes y demás información en los que se apoya. Cuando se discutan daños personales, debe incluir también el informe médico pericial definitivo que justifique la posición de la entidad. Si la aseguradora incumple este deber, no podrá aportar posteriormente esos informes médicos periciales definitivos en el proceso judicial.

Si el lesionado todavía está en proceso de curación

Cuando todavía no sea posible valorar completamente las secuelas o cuantificar todos los daños, la aseguradora debe explicar esta circunstancia. La respuesta debe referirse a los pagos a cuenta correspondientes a los perjuicios que ya estén consolidados y comprometerse a emitir una oferta motivada cuando sea posible efectuar la valoración definitiva.

Hasta entonces, la compañía debe informar motivadamente sobre la evolución del expediente cada dos meses desde el envío de la respuesta.

Señales de que la respuesta puede ser insuficiente

Conviene revisar especialmente la contestación cuando:

  • utiliza expresiones genéricas sin explicar los hechos;
  • niega la responsabilidad sin indicar en qué prueba se basa;
  • rechaza la relación entre el accidente y las lesiones sin acompañar el informe médico;
  • no identifica los documentos valorados;
  • omite pronunciarse sobre alguna partida reclamada;
  • o mantiene indefinidamente que el daño no puede cuantificarse sin informar sobre la evolución del expediente.

¿Por qué puede rechazar la aseguradora una reclamación?

Los motivos más habituales son los siguientes:

Responsabilidad discutida. La compañía sostiene que su asegurado no causó el accidente o que el perjudicado contribuyó a producirlo. En este caso deben revisarse el parte, el atestado, las fotografías, los daños de los vehículos y los testigos.

Falta de relación entre el accidente y las lesiones. Puede alegar que la asistencia médica fue tardía, que las dolencias ya existían o que el impacto no explica las lesiones reclamadas. Será necesario analizar la documentación médica y la evolución del tratamiento.

Documentación insuficiente. La aseguradora puede considerar que no se han acreditado correctamente las lesiones, los gastos, los daños materiales o la pérdida de ingresos. En muchos casos el expediente puede completarse con nuevas pruebas.

Discrepancia sobre la valoración. La compañía puede reconocer el accidente y las lesiones, pero ofrecer menos días de perjuicio, menos puntos de secuela o excluir determinados gastos. En ese supuesto existe una diferencia sobre la cuantía, no necesariamente un rechazo total.

Puedes ampliar esta cuestión en mi guía sobre cómo se calcula una indemnización por accidente de tráfico.

Prescripción. También puede sostener que ha transcurrido el plazo para reclamar. Esta objeción debe revisarse teniendo en cuenta las fechas del accidente, la estabilización de las lesiones y las reclamaciones que hayan interrumpido el plazo.

Una misma respuesta puede contener varios motivos. Conviene identificarlos por separado y aportar la prueba concreta que permita discutir cada uno.

¿Qué hacer si la aseguradora rechaza tu reclamación?

Después de recibir la respuesta, conviene actuar de forma ordenada:

1. Identificar el motivo del rechazo. Comprueba si la compañía discute la responsabilidad, las lesiones, la relación causal, la documentación, la cuantía o el plazo para reclamar.

2. Solicitar los informes utilizados. La aseguradora debe explicar su decisión e identificar los documentos y periciales en los que se apoya. Si menciona algún informe que no acompaña, solicítalo por escrito.

3. Completar la prueba. Aporta la documentación que permita responder a cada objeción: atestado, fotografías, testigos, informes médicos, facturas o justificantes de pérdida de ingresos.

4. Valorar una pericial complementaria. Cuando el desacuerdo sea médico, puede resultar útil solicitar una valoración independiente o acudir al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

5. Negociar o reclamar judicialmente. Si la aseguradora mantiene su negativa, puede intentarse una solución extrajudicial o presentar una demanda, siempre que exista prueba suficiente y se hayan controlado los plazos.

No conviene responder con una reclamación genérica. Cada motivo de rechazo debe discutirse con la prueba concreta que lo contradiga.

¿Puede intervenir el Instituto de Medicina Legal?

Cuando la aseguradora discute las lesiones, las secuelas o su relación con el accidente, el perjudicado puede solicitar una valoración del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

La solicitud puede presentarse aunque la aseguradora no esté de acuerdo y su coste corresponde a la compañía. Esta opción resulta especialmente útil cuando la respuesta motivada niega que las lesiones procedan del accidente o cuando existe desacuerdo con la valoración médica.

El lesionado debe ser reconocido dentro de los tres meses siguientes a la solicitud y el informe debe emitirse en el plazo de un mes desde el reconocimiento. Tras recibirlo, la aseguradora dispone de un mes para formular una nueva oferta motivada.

¿Qué plazos debes controlar?

La aseguradora dispone de tres meses desde que recibe la reclamación previa para formular una oferta motivada o explicar mediante una respuesta motivada por qué rechaza la indemnización o todavía no puede cuantificarla.

Si transcurre ese plazo sin contestación, el perjudicado puede valorar la reclamación extrajudicial o judicial. El silencio no supone que la compañía haya aceptado automáticamente lo reclamado.

También debe controlarse la prescripción de la acción contra la aseguradora. La reclamación extrajudicial interrumpe el plazo y, tras la notificación fehaciente de la oferta o respuesta motivada, comienza un nuevo plazo de un año. Por ello, deben conservarse la reclamación, el justificante de recepción y todas las contestaciones.

¿Qué documentos necesitas para discutir el rechazo?

La documentación dependerá del motivo alegado por la aseguradora. Conviene reunir únicamente las pruebas que respondan directamente a sus objeciones:

  • Sobre el accidente: parte amistoso, atestado, fotografías, vídeos y datos de testigos.
  • Sobre las lesiones: primera asistencia médica, informes de urgencias, rehabilitación, pruebas diagnósticas y alta médica.
  • Sobre los daños económicos: facturas, justificantes de gastos, nóminas, declaraciones fiscales o documentación sobre pérdida de ingresos.
  • Sobre la reclamación: escrito enviado a la compañía, justificante de recepción, respuesta motivada y comunicaciones posteriores.
  • Informes periciales: valoración médica, reconstrucción del accidente o cualquier informe necesario para discutir la causa del rechazo.

No es recomendable enviar una acumulación desordenada de documentos. La reclamación complementaria debe explicar qué acredita cada prueba y qué argumento concreto de la aseguradora contradice.

Puedes consultar también mi guía sobre qué documentos necesitas para reclamar una indemnización por accidente de tráfico.

¿La aseguradora ha rechazado tu reclamación?

Si la compañía niega la responsabilidad, rechaza la relación entre las lesiones y el accidente o considera insuficiente la documentación, conviene revisar el expediente antes de dar por perdida la indemnización.

Analizaré la reclamación presentada, la respuesta de la aseguradora y las pruebas disponibles para valorar si procede completar la documentación, solicitar una pericial, negociar o acudir a la vía judicial.

Preguntas frecuentes si la aseguradora rechaza la reclamación

¿El rechazo de la aseguradora significa que ya no puedo reclamar?

No. La respuesta de la compañía expresa su posición, pero no resuelve definitivamente el conflicto. Puedes aportar nuevas pruebas, solicitar una valoración pericial, negociar o presentar una demanda cuando existan fundamentos y se cumplan los requisitos legales.

¿Puede la aseguradora rechazar las lesiones por haber acudido tarde al médico?

Puede discutir la relación causal cuando la primera asistencia médica se produjo tarde, pero debe valorar todas las circunstancias. La proximidad temporal es importante, aunque también deben revisarse la evolución de los síntomas, la continuidad asistencial, las pruebas médicas y la compatibilidad de las lesiones con el accidente.

¿Qué ocurre si la aseguradora no acompaña el informe médico?

Cuando rechaza daños personales, la respuesta motivada debe detallar los informes en los que se apoya e incorporar el informe médico pericial definitivo correspondiente. Si la compañía menciona una valoración médica que no entrega, conviene solicitarla por escrito y revisar si su contestación cumple las exigencias legales.

¿Puedo demandar directamente después del rechazo?

Una vez realizada la reclamación previa y recibida la respuesta motivada, puede valorarse la vía judicial. También es posible aportar nuevas pruebas, solicitar una pericial complementaria o intentar previamente una solución extrajudicial. La opción adecuada dependerá del motivo del rechazo, la prueba disponible, la cuantía y el plazo para reclamar.

Normativa aplicable al rechazo de la reclamación

Artículo 7 del texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor. Regula la reclamación previa del perjudicado, el plazo de tres meses de la aseguradora, los requisitos de la oferta y la respuesta motivadas, las periciales complementarias y la posibilidad de acudir posteriormente a medios extrajudiciales o a la vía judicial.

Ley 5/2025, de 24 de julio. Modificó la regulación de las reclamaciones derivadas de accidentes de circulación y reforzó las exigencias de transparencia y motivación de las contestaciones de las aseguradoras, así como el acceso a valoraciones periciales complementarias.

Real Decreto 1148/2015, de 18 de diciembre. Regula el procedimiento para solicitar informes periciales a los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses en reclamaciones extrajudiciales por accidentes de circulación.

⚖️ Jurisprudencia sobre el rechazo de lesiones por la aseguradora

Sentencia del Tribunal Supremo 732/2025, de 13 de mayo

El Tribunal Supremo analizó una reclamación por lesiones sufridas en un accidente de tráfico en la que se discutía si existía relación causal entre el siniestro y el daño reclamado.

La resolución destaca la necesidad de valorar conjuntamente toda la prueba y considera relevantes los actos previos de la propia aseguradora cuando había reconocido el accidente y su relación con las lesiones.

Aplicación práctica: si la compañía rechaza posteriormente el nexo causal, deben revisarse no solo los informes médicos, sino también sus comunicaciones, pagos, ofertas y actuaciones anteriores. Una posición previa de reconocimiento puede resultar relevante para discutir una negativa posterior.

Resolución: Sentencia del Tribunal Supremo 732/2025, de 13 de mayo

👨‍⚖️ Mi experiencia ante rechazos de aseguradoras

En mi experiencia profesional, muchas reclamaciones se rechazan porque la aseguradora considera insuficiente la prueba sobre la responsabilidad, las lesiones o su relación con el accidente.

Antes de recomendar una demanda, reviso la respuesta motivada, la documentación médica, la prueba del siniestro y las comunicaciones previas. El objetivo es identificar qué punto concreto debe reforzarse y valorar si conviene aportar nuevos documentos, solicitar una pericial, negociar o acudir a la vía judicial.

👤 Sobre el autor

Soy Fernando Simó, abogado colegiado en los Ilustres Colegios de Abogados de Sevilla y Valencia, en ejercicio desde 2013.

Estoy especializado en Derecho de sucesiones, Derecho inmobiliario y accidentes de tráfico, áreas en las que asesoro y represento a particulares y empresas, tanto en la prevención de conflictos como en la defensa de sus derechos ante los tribunales.

A través de este blog comparto información jurídica clara, rigurosa y actualizada, basada en la legislación vigente, la jurisprudencia y mi experiencia profesional, con el objetivo de ayudar a los lectores a comprender mejor sus derechos y tomar decisiones informadas.

Cada asunto presenta circunstancias propias. Por ello, el contenido de este artículo tiene carácter meramente divulgativo y no sustituye el asesoramiento jurídico personalizado.

Última revisión: 23 de julio de 2026.