¿Qué es una oferta motivada y qué hacer si no estás de acuerdo?

Cliente revisando junto a un abogado una oferta motivada enviada por una aseguradora tras un accidente de tráfico

¿Qué es una oferta motivada? Si has sufrido un accidente de tráfico y has reclamado una indemnización, es posible que la aseguradora te remita este documento.

La oferta motivada tiene una importante trascendencia jurídica, ya que recoge la valoración realizada por la entidad aseguradora y la indemnización que está dispuesta a ofrecer en función de la documentación disponible.

Aceptar la oferta sin revisarla adecuadamente puede tener consecuencias relevantes. Por ello, resulta aconsejable comprender qué contiene este documento y qué opciones existen cuando no se está conforme con su contenido.

¿Qué es una oferta motivada?

La oferta motivada es un documento regulado por el artículo 7 del Texto Refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

A través de este documento, la entidad aseguradora comunica al perjudicado la indemnización que considera procedente tras analizar la reclamación y la documentación disponible.

No se trata únicamente de indicar una cantidad económica. La oferta debe cumplir los requisitos previstos legalmente y explicar los criterios utilizados para valorar los daños.

Precisamente por ello, antes de aceptarla conviene comprobar si la valoración realizada refleja correctamente las lesiones, los perjuicios y el resto de conceptos indemnizables.

La oferta motivada debe…
Valorar los daños reclamados
Fundamentar la propuesta (Generalmente con informe médico)
Incluir una oferta de indemnización cuando proceda

¿Qué debe contener una oferta motivada?

La oferta motivada no consiste únicamente en indicar una cantidad económica. La legislación exige que la aseguradora justifique adecuadamente la propuesta realizada y permita al perjudicado conocer los criterios utilizados para valorar la indemnización.

Con carácter general, una oferta motivada debe permitir comprender:

  • Qué daños personales y materiales han sido valorados.
  • Qué documentación ha tenido en cuenta la aseguradora.
  • Cómo se ha calculado la indemnización ofrecida.
  • Qué conceptos indemnizables se incluyen en la propuesta.

Esta información resulta esencial para que el perjudicado pueda decidir si acepta la oferta o considera necesario formular una reclamación adicional.

¿La aseguradora tiene que explicar cómo ha calculado la indemnización?

Sí. La finalidad de la oferta motivada es que el perjudicado pueda conocer las razones por las que la aseguradora propone una determinada indemnización.

Por ello, la propuesta no debería limitarse a fijar una cifra sin más, sino que debe permitir comprender los criterios utilizados para realizar la valoración.

💡 CONSEJO DEL ABOGADO

¿Qué hacer si no estás de acuerdo con la oferta motivada?

No estar conforme con la oferta motivada no obliga a aceptarla.

Antes de tomar una decisión conviene analizar si la aseguradora ha valorado correctamente las lesiones, las secuelas, los gastos derivados del accidente y el resto de perjuicios reclamados.

Si existen discrepancias, será posible estudiar las distintas opciones previstas por el ordenamiento jurídico para defender los derechos del perjudicado.

Cada caso requiere un análisis individualizado. Una diferencia aparentemente pequeña en la valoración médica o económica puede tener una repercusión importante en el importe final de la indemnización.

Mi experiencia profesional

Un ejemplo frecuente

Una aseguradora ofrece una indemnización teniendo en cuenta los días de tratamiento, pero el perjudicado considera que también padece secuelas que no han sido valoradas.

Antes de aceptar la oferta, resulta aconsejable revisar la documentación médica y comprobar si la propuesta refleja realmente todas las consecuencias del accidente.

💡 CONSEJO DEL ABOGADO

¿Siempre merece la pena aceptar la primera oferta?

No necesariamente.

Cada oferta debe valorarse atendiendo a las circunstancias concretas del accidente y a la documentación disponible en ese momento.

En algunos casos, la propuesta de la aseguradora puede ajustarse correctamente a los daños sufridos. En otros, puede ser conveniente revisar si se han tenido en cuenta todos los conceptos indemnizables o si existen discrepancias en la valoración realizada.

Precisamente por ello, aceptar una oferta únicamente para finalizar cuanto antes la reclamación puede no ser la mejor decisión.

Antes de aceptar una oferta motivada, comprueba:

☐ Que las lesiones han sido correctamente valoradas.

☐ Que se han tenido en cuenta las posibles secuelas.

☐ Que la documentación médica está completa.

☐ Que entiendes todos los conceptos incluidos en la oferta.

☐ Que has resuelto las dudas sobre la indemnización propuesta.

💡 CONSEJO DEL ABOGADO

¿Qué diferencia hay entre una oferta motivada y una respuesta motivada?

Aunque ambos documentos están regulados en el artículo 7 del Texto Refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, no tienen la misma finalidad.

La oferta motivada contiene una propuesta de indemnización cuando la aseguradora considera que dispone de la información necesaria para valorar los daños.

Por su parte, la respuesta motivada explica las razones por las que, en ese momento, la aseguradora no formula una oferta de indemnización. Entre otros motivos, puede deberse a que considera necesaria más documentación o entiende que todavía no concurren los requisitos para cuantificar los daños.

En ambos casos, el perjudicado tiene derecho a conocer los motivos en los que se basa la posición de la aseguradora.

Oferta motivadaRespuesta motivada
Incluye una propuesta de indemnización.No incluye una oferta económica.
Valora los daños conocidos.Explica por qué todavía no se formula una oferta.
Debe estar motivada.También debe estar motivada.

💡 CONSEJO DEL ABOGADO

¿Has recibido una oferta motivada y no sabes si es correcta?

Aceptar una oferta motivada puede tener consecuencias importantes. Antes de firmar cualquier documento, conviene comprobar si la aseguradora ha valorado correctamente todos los daños derivados del accidente.

Recuerda que ya publicamos una guía sobre qué hacer después de un accidente de tráfico.

Si has recibido una oferta de indemnización y tienes dudas sobre su contenido, puedo revisar la documentación, analizar la propuesta de la aseguradora y orientarte sobre las opciones legales disponibles para defender tus derechos.

Preguntas frecuentes sobre la oferta motivada

¿Estoy obligado a aceptar una oferta motivada?

No. Antes de aceptarla conviene revisar si la valoración realizada por la aseguradora refleja correctamente todos los daños y perjuicios sufridos.

¿Qué ocurre si no estoy de acuerdo con la oferta?

Podrás valorar las distintas opciones previstas por la legislación para continuar defendiendo tu reclamación. La estrategia dependerá de las circunstancias concretas del caso.

¿La aseguradora siempre debe presentar una oferta motivada?

La legislación regula tanto la oferta motivada como la respuesta motivada. El documento que corresponda dependerá de las circunstancias de la reclamación y de la información disponible en cada momento.

¿Puedo consultar con un abogado antes de responder a la aseguradora?

Sí. De hecho, resulta aconsejable conocer el alcance jurídico de la propuesta antes de aceptarla o rechazarla.

Errores frecuentes al recibir una oferta motivada

  • Aceptar la primera propuesta sin revisarla detenidamente.
  • Centrarse únicamente en la cantidad ofrecida y no en su justificación.
  • No comprobar si se han valorado todas las lesiones y secuelas.
  • Firmar documentos sin comprender sus efectos.
  • Esperar demasiado tiempo para solicitar asesoramiento jurídico.

Normativa aplicable

  • Artículo 7 del Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.
  • Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

Jurisprudencia relevante

Tribunal Supremo, Sala Primera, Sentencia 718/2026, de 11 de mayo (ECLI:ES:TS:2026:2100)

El Tribunal Supremo establece que, como regla general, cuando la aseguradora formula una oferta motivada reconociendo la responsabilidad de su asegurado y cuantificando los daños, no puede modificar posteriormente esa posición en el procedimiento judicial alegando por primera vez culpa exclusiva de la víctima o concurrencia de culpas, salvo que concurran circunstancias excepcionales justificadas.

¿Qué significa para ti?

Si recibes una oferta motivada, su contenido puede tener importantes consecuencias jurídicas. No es un simple documento informativo, sino una actuación que condiciona, en determinados supuestos, la posición que la aseguradora podrá mantener posteriormente en un eventual procedimiento judicial.

Resolución completa: IBERLEY – STS 718/2026

Sobre el autor

Este artículo ha sido elaborado por Fernando Simó, abogado colegiado en los Ilustres Colegios de Abogados de Sevilla y Valencia, en ejercicio profesional desde 2013.

Desarrolla su actividad profesional asesorando y representando a particulares y empresas, principalmente en materias de Derecho de sucesiones, Derecho inmobiliario y accidentes de tráfico.

El contenido de esta publicación tiene una finalidad divulgativa y se basa en la legislación vigente, la jurisprudencia aplicable y la experiencia profesional del autor. No obstante, cada asunto presenta circunstancias propias, por lo que la información ofrecida no sustituye el asesoramiento jurídico personalizado.

Si necesitas ayuda para analizar tu caso concreto o deseas recibir una valoración jurídica adaptada a tu situación, puedes solicitar una consulta a través de este enlace.

Última revisión jurídica: 13 de julio de 2026.

Autor: Fernando Simó.

Áreas relacionadas: Accidentes de Tráfico